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Proyecto de Ley: programa nacional de formación en emprendedurismo.

Proyecto de Ley: programa nacional de formación en emprendedurismo.

Análisis y aportes, desde el emprendedurismo, al proyecto de Ley impulsado por el diputado Héctor Antonio Stefani el cual promueve dar inicio a la educación emprendedora en colegios primarios y secundarios.

 

En términos generales, existen 3 instancias dentro del proceso de leyes en Argentina.

 

Puede pasar que haya leyes aprobadas pero que su implementación tarde bastante tiempo, o bien no suceda, ya que la tercera etapa es de la más importantes: refiere a cómo se ejecutará el proyecto de ley aprobado.

 

Los objetivos del Programa Nacional de Formación en Emprendedurismo son 4:

 

  1. Fomentar la cultura emprendedora y el espíritu emprendedor;
  2. Velar por la incorporación en forma gradual y progresiva en los diseños curriculares de la asignatura “Emprendedurismo” en la enseñanza primaria y secundaria.
  3. Favorecer el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes en materia emprendedora que repercutan favorablemente en la vida laboral y personal de los alumnos.
  4. Propiciar la implementación de programas de capacitación permanente destinados a los docentes y toda la comunidad educativa.

 

Si se tratase de un emprendimiento, el diseño de los objetivos se vería de la siguiente manera:

  1. Desarrollar X número de emprendimientos en los colegios primarios y X número de emprendimientos en los colegios secundarios al cabo de 1 año
  2. Lograr que el X% de los colegios primarios en determinada zona geográfica pueda incorporar la materia de emprendedurismo dentro de los 18 meses de aprobada la ley
  3. Tener un X% de emprendimientos salientes de los colegios secundarios en procesos de incubación dentro de los 12 meses a partir de la implementación de la ley

 

Lo mencionado es a modo de ejemplo. La idea a transmitir es visibilizar la diferencia que hay entre la constitución de objetivos dentro del mundo empresarial y dentro del mundo político. Dentro de las ciencias empresariales, los objetivos deben ser cuantificables y medibles lo que permite evaluar resultados, analizar tendencias y hacer cambios en el caso de que sea necesario.

 

¿De qué manera se puede medir la eficiencia de acciones que provienen de objetivos como “velar, fomentar, favorecer y propiciar”? ¿Cómo van a medir los resultados de algo que se fomenta? ¿Cuál será el sistema de medición a implementar?

 

 

Otro aspecto a tener en cuenta refiere a la Ley Yolanda. Todo tipo de emprendimiento deberá incorporar los aspectos ambientales en su accionar. El valor del emprendedurismo ambiental toma vital importancia.

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Premisa I

Las organizaciones que existen desde el pasado han tenido la necesidad, y obligación, de realizar ciertas transformaciones en pos de proteger el medio ambiente. Los emprendimientos que surjan en el presente y generen impacto positivo en el sistema vigente (sea sistema social, económico, cultural, político) posiblemente seguirán existiendo en un futuro.

Aquellas transformaciones y aquellos emprendimientos que generen impacto positivo, en el futuro seguirán estando. Si dicho impacto es masivo, entonces el sistema tenderá a la necesidad de transferir tales conocimientos que dan origen a aquellas transformaciones y aquellos emprendimientos; tal transferencia será mediante la educación. Por ende, el surgimiento

de transformaciones y emprendimientos que generen impacto positivo en el mundo, provocará que la educación se haga cargo de que tales acciones prevalezcan, se desarrollen, innoven y sigan siendo incorporadas por la sociedad.

Independientemente de la naturaleza, características y campo de acción de las organizaciones existentes o de los emprendimientos nacientes, los aspectos ambientales serán una perspectiva necesaria en todo futuro.

El siguiente libro plantea reflexiones y conceptos ligados a la sustentabilidad que pueden ser incorporados en todo tipo de emprendimiento u organización.

Rodrigo J. Martínez Goyena